¿Cómo acceder al Bono de Protección (ex Bono Dueña de Casa)? Se paga hasta por dos años

El Bono de Protección, conocido también como Bono Dueña de Casa, es un beneficio que entrega el Estado por 24 meses de forma automática a familias y personas que cumplan con un requisito: ser parte de Chile Seguridades y Oportunidades.

Chile Seguridades y Oportunidades es parte del Sistema de Protección Social del Ministerio de Desarrollo Social y Familia que tiene como objetivo que las personas puedan acceder a mejores condiciones de vida.

Este beneficio mensual acompaña el proceso de intervención psicosocial que considera Chile Seguridades y Oportunidades.

Sigue leyendo para saber más sobre este beneficio.

Requisitos para acceder al Bono de Protección

El Bono de Protección no es postulable, es decir, se entrega de forma automática a quienes cumplan con el único requisito de participar en los programas de Chile Seguridades y Oportunidades.

Para ser parte de los programas de Chile Seguridades y Oportunidades se debe haber aceptado la invitación que el Ministerio de Desarrollo Social hace a familias y personas seleccionadas en función de sus características.

El ministerio realiza la selección en base a la información entregada por las familias a través del Registro Social de Hogares, por lo que es esencial estar registrado.

Una vez firmada la Carta de Compromiso y el Plan de Intervención se gatilla el proceso de gestión y pago del Bono de Protección.

Montos del Bono de Protección (ex Bono Dueña de Casa)

El Bono de Protección se entrega mensualmente por dos años de acuerdo a los siguientes valores 2026:

  • Primeros 6 meses: $24.523
  • 7° a 12° mes: $18.664
  • 13° al 18° mes: $12.832
  • 19° al 24° mes: $22.007 (valor correspondiente al monto del  Subsidio Familiar, SUF)

¿Quién puede cobrar el bono?

El cobro del Bono de Protección puede ser realizado por la persona que vive sola o el integrante de la familia que corresponda, en función del siguiente orden de prioridad:

  • Prioridad 1: Madre de personas menores de 18 años o con certificación de invalidez o con discapacidad mental o de personas que puedan ser causantes del Subsidio Único Familiar.
  • Prioridad 2: Mujer mayor de 18 años de edad que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar.
  • Prioridad 3: Mujer mayor de 18 años que desempeñe la función de dueña de casa.
  • Prioridad 4: Si no hay mujeres en el hogar que cumplan con las prioridades 1, 2 o 3, se pagará el bono al hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar.
  • Prioridad 5: Si no se cumplen las condiciones anteriores, recibirá el bono cualquier mujer mayor de 18 años de edad. Si no puede o no existe una mujer mayor de edad, se pagará a cualquier hombre mayor de 18 años.
  • Prioridad 6: En caso que no sea aplicable ninguna de las prioridades anteriores, el bono se pagará a la persona mayor de edad que tenga a su cuidado a una persona menor de 18 años.